contar Transcripción del Documento – Solar de Valdeosera

CERTIFICADO DE ARMAS DEL SOLAR DE VALDEOSERA

EXPEDIDO POR

DON DOMINGO GERÓNIMO DE LA MATA

REY DE ARMAS DE FELIPE IV

DADO EN MADRID EL 17-3-1636

RECEPCIÓN: Yo Domingo Gerónimo de Mata criado del Rey nuestro señor don Felipe cuarto de este nombre y su Rey de armas = En cumplimiento de un auto del señor licenciado Fernando de Salazar Velasco Teniente de Corregidor de esta villa de Madrid y de el poder y petición que con él se me entregó para que en virtud de todo ello dé la certificación que por ellos se pide cuyo tenor de el dicho auto, petición y poder es como se sigue:

PETICIÓN: Juan Bautista Sáenz Navarrete en nombre de la Casa y Solar de Baldosera, y de los Caballeros hijosdalgo de ella, y en virtud de su poder digo: Que á su derecho y al mío conviene que Domingo Gerónimo de Mata, Rey de Armas de S.M., en cuyo poder están los libros de la Nobleza de España, me dé certificación en forma de las armas y los blasones de los solares y casas de Baldosera con relación de todos los fundamentos que dieron principio á los blasones, nombres y apellidos de la dicha Casa, refiriendo todas las comprobaciones y testimonios que acerca de lo susodicho hubiere en sus libros y la autoridad que de ellos tiene: A vuestra Magestad pido y suplico provea su auto para que el susodicho dé la certificación en la forma referida y acostumbrada sobre que pido justicia , y para ello &c. Y que la dicha certificación con inserción del dicho poder de que hago presentación, se me devuelva.: Juan Bautista Sáenz Navarrete.

AUTO: Domingo Gerónimo de Mata, Rey de Armas del Rey nuestro Señor D. Felipe IV, de este renombre, que Dios guarde: á Juan Bautista Sáenz Navarrete désele el testimonio que pide en pública forma, en el cual ponga é inserte el poder que en la petición se hace mención, y vaya con la demás solemnidad que se requiere para el efecto que lo pide, y lo cumpla con este auto que ponga y la petición por cabeza, á que interpone su autoridad judicial, y lo firmó y proveyó así el Señor Licenciado Fernando de Salazar Velasco, Teniente de Corregidor de esta Villa de Madrid, por S.M. En la dicha Villa de Madrid á 22 de Febrero de 1636 años el Licenciado Salazar ante mí Mateo Sáenz de Ugarte.

PODER: En la villa de Valdeosera y antiguo solar de ella, a veintinueve días del mes de setiembre de mil y seiscientos y treinta y cinco años, ante mí el escribano y testigos, parescieron presentes estando juntos en su junta general como lo tienen de uso y costumbre en cada un año de se juntar, día de San Miguel de setiembre los Caballeros hijosdalgo señores y diviseros de de esta dicha villa y solar para tratar y conferir las cosas tocantes al servicio de Dios nuestro señor y bien desta noble villa y solar estando especialmente y nombradamente su merced del señor Gerónimo de Vidaurreta Tejada Familiar del Santo Oficio de la Inquisición de la ciudad de Logroño y su partido Regidor ensaculado de la ciudad de Calahorra y Alcalde Mayor de esta dicha villa y Solar y Pedro Sáenz de Arriba, Alcalde Ordinario de la dicha villa, Juan de Cambero Procurador Fiscal, Blas González, Teniente de Diputado Mayor, Juan Pinillos, Notario del Santo Oficio, Juan Sáenz mayor, Juan Sáenz menor, Juan Íñiguez, Prudencio González, Pedro Fernández, Juan Sáenz hijo de Pedro Sáenz y Francisco Sáenz, todos señores y diviseros del dicho Solar y otros muchos señores que por su prolijidad no van aquí insertos, siendo los nombrados la mayor parte de los que al presente se hallan juntos de que yo el escribano hago fe y por los demás ausentes por quienes prestaron caución de rato grato judicatum soluendo para que estarán y pasarán por todo lo que en virtud de este poder se hiciere, y otorgaron y conocieron por esta carta y dijeron que en la forma que mejor pueden y ha lugar de derecho daban y otorgaban todo su poder cumplido según que de derecho se requiere y es necesario al señor Juan Bautista Sáenz Navarrete del Consejo del Rey nuestro señor y su secretario en el de la sal, uno de los señores caballeros hijosdalgo señores y diviseros de este dicho solar para que en nombre del y de los dichos señores, pueda parecer y parezca ante cualesquier justicias de Su Magestad y ante Domingo Gerónimo de mata Rey de armas y de otra cualquier persona en cuyo poder estuviere, el libro del becerro donde está, la antigüedad de la nobleza de España y sacar y pedir que se saque las armas y antigüedad, origen y nobleza de este ilustre Solar y sacada con la autoridad y requisitos necesarios se sirva de remitirle a la dicha junta general que se hará para el día primero de mayo del año que viene de seiscientos y treinta y seis, para le poner en el archivo que este Solar tiene con los demás papeles que hay en él, porque así conviene al derecho del dicho Solar y Diviseros de él. Y en razón de lo susodicho y cada cosa y parte de ello pueda hacer todos los autos, pedimientos, requerimientos, protestaciones, apelaciones y suplicaciones necesarias, oir sentencias, autos, interlocutorios y definitivos, consintiendo los que fueren a favor y apelar de los en contrario, seguir las tales apelaciones, y suplicaciones y generalmente se le da este dicho poder para todos los pleitos y causas civiles y criminales que se le ofrecieren a este dicho Solar y Señores de él, demandando y defendiendo como en otra cualquiera manera que sea o ser pueda con cláusula de lo sustituir en uno, dos o más procuradores y los revocar y poner otros de nuevo y con todas sus incidencias, dependencias, mejerancias, adnexidades, y conexidades y con libre y general administración y relevación en forma y de tal manera le dan este dicho poder al dicho señor secretario y a los por él sustituidos, que por falta de él no dejen de hacer todo cuanto se ofreciere a esta dicha Villa y antiguo Solar de Valdeosera aunque aquí no se declare especial narrativa porque quieren que todo cuanto en virtud de él se hiciere tenga y sea tan cumplido efecto y para lo mejor cumplir dijeron que se obligaban con sus personas y bienes, juros y rentas de este dicho Solar por bueno y firme y valedero todo cuanto en virtud de este poder se hiciere. Y lo otorgaron así siendo testigos el Licenciado Pedro Sáenz, Cura de Rabanera, Cristobal Sáenz de Santa María, Cura y beneficiado del lugar de Luezas, y Francisco Díaz, vecino de la villa de San Román y Familiar del Santo Oficio y los otorgantes a quién yo el escribano doy fé conozco, lo firmaron los que sabían y por los que no un testigo. Gerónimo Vidaurreta Tejada, Pedro Sáenz, Juan Sáenz, Juan de Camberos, Blas González, Juan Pinillos, Juan Sáenz, Pedro Sáenz de Santa María, Prudencio González, Pedro Fernández, escribano del Rey nuestro Señor y de esta Villa y Solar de Valdeosera y de los acuerdos y hechos generales de ella, presente fui y sin derechos lo firmé y signé y entré que originalmente, en testimonio de verdad, Pedro Fernández, escribano.

AUTO: La cual dicha petición, auto y poder de suso inserto originalmente volví á la parte del dicho Señor Juan Bautista Sáenz Navarrete, Notario de S.M., á que en todo me refiero, y en su virtud busqué en los libros de mi oficio las casas y solares de Nobleza que por el dicho auto se manda, y en ellos en el libro quinto de Blasones á folios 353 hay un capítulo del tenor siguiente.

BLASÓN: En la batalla que el Rey Don Ramiro, primero de este nombre, tuvo con el Miamolín, Rey Moro, junto al Castillo de Clavijo, dos leguas de Logroño, sobre la libertad del tributo de las cien doncellas, á un Capitán, llamado Sancho Fernández de Tejada, encomendó el Rey Ramiro el gobierno de su Exército, y habiendo con la ayuda de Dios vencido la dicha batalla, dexó el Rey á este Caballero Tejada por Alcayde y frontero de los Moros en dos castillos fuertes que ganó á los Moros llamados Clavijo y Viguera, el cual, como Caballero valeroso, fiel á su Rey y Señor, defendió con mucho valor las dichas fuerzas, y ganó toda la tierra de los enemigos. Y estando en estas Alcaydías se casó con Doña Nuño de Guzman, y de legítimo matrimonio tuvo trece hijos varones, con los cuales se dio tan buena maña, y puso tal diligencia que ganó hasta el Reyno de Aragón, toda la tierra de los Moros, y la puso en libertad para su Señor el Rey Don Ramiro. Y vista por el Rey su fidelidad y diligencia de este valeroso Capitán, lo hizo muchas mercedes, y entre otras en tierra de León le dio una villa con muy larga jurisdicción, y le dio por hacia las dichas partes de conquistas las dos montañas, que la una es Baldosera, que por los muchos osos que en ella había se llamó así; y la otra los montes Cardines, que después por el nombre del Señor se llamaron de Tejada, y se llaman hoy día. En la dicha Baldosera hizo este Señor trece casas para vivienda de los dichos sus trece hijos para que allí viviesen y estuviesen en servicio de su Rey, y defendiesen la tierra del enemigo, y conservasen en ella á los Cristianos como á Católicos, como él lo había hecho, Y mandó que estas trece casas estuviesen y quedasen sin poderse enajenar para cada hijo la suya y sus descendientes en memoria de hechos tan insignes y memorables. Y así el Rey le dio á este Caballero el blasón y armas para más gratificación de sus servicios. Que es un escudo cuartelado, plateado, que cuatro cuarteles iguales con una cruz angosta de oro, que es más ancha á los cabos de los brazos, en señas que como Religioso hacía. Y el primer cuartel de este escudo en campo de sinople, que es verde, dos torres ó castillos de oro, y de cada uno de ellos sale por encima de la torre del homenaje una bandera de plata, y en ella una cruz de Goles, significando la montuosidad de la tierra. En el segundo cuartel en campo azul, dos medias lunas de plata, las puntas á mano derecha, y alrededor de las medias lunas como por orla trece estrellas de oro, por las lunas denotando las muchas victorias que de los Moros alcanzó este ilustre Capitán, y las banderas que les ganó con las insignias de las medias lunas que ellos tanto usan; y las trece estrellas por los trece hijos con que con tanto resplandor y lealtad sirvieron á su Rey y Señor. Y en el tercero cuartel en campo de plata, u león de Goles, que es colorado, lengua, dientes y uñas de oro con apartamientos de metal. Y en el cuarto cuartel asimismo en campo de plata un roble de sinopla, y á él ligado un oso al natural con una cadena de hierro ó argento, y una orla de oro, y en ella trece veneras de azul en memoria de la batalla referida en que se apareció el glorioso Santiago la noche antes en sueños al Rey Ramiro animándole; y por de fuera del escudo al rededor trece banderas de azul, cargadas cada una de una media luna de plata menguante, que es las puntas abajo, y el yelmo abierto, el torcal timbrado, de medio león, como el arriba dicho, y sobre todo un rótulo con un verso que dice, ó sentencia de una Epístola de Santiago: Beatificamus eos qui sustinuerun. El oso y el roble son armas de Valdeosera. De las cuales dichas armas contenidas en el escudo, como queda dicho, podrán usar los que legítimamente descendieren de las dichas Casas, excepto las banderas que pertenecen como está dicho al principal de ellas. Los otros son diferentes apellidos como: Tejadas, Íñiguez, Fernández, Loberas, Sáenz, Fernández de Medrano, Sanclemente, y Jalón que es la principal.

En la Villa de Baldosera hay un libro que trata de la descendencia y genealogía de esta Casa, y ponen los descendientes de ella Justicia y Alcalde mayor y ordinario con los Diputados, y Procurador Fiscal y otros oficios, todos de los Señores que concurren á la Junta el día de San Felipe y Santiago; en este libro no están asentados ni se asientan sino los descendientes legítimos de los dichos Solares, y este Señorío tiene término redondo con jurisdicción civil y criminal, alta y baxa, mero, mixto imperio; el qual dicho imperio gozan estos con sus ganados, yerba, leña, fusta, y tienen renteros y vasallos, que les dan rentas de pan, presentes de aves y tortas en reconocimiento de vasallage; y en el dicho libro se halla un Caballero llamado Diego Fernández de Tejada, Alcayde que fue de Clavijo, se casó y tuvo cinco hijos, y heredó el ser Señor de los Cameros por buena guerra, y fundó Mayorazgo en su hijo mayor, y los quatro hijos que le quedaron les dio armas y caballos y á cincuenta mil maravedís en dinero, y el uno fué á servir al Rey de Aragón, y el otro al Rey de Navarra, y el otro al Rey de León, y el otro no se sabe á quien sirvió; más parece en el Vínculo-Mayorazgo que quedó una cláusula con condición particular de que todas las veces que estos hermanos ó sus descendientes vinieren á la casa principal, que ere la de Xalón, fuese el Mayorazgo obligado á darles de comer á ellos y á sus caballos por ocho días. Después de esto el Rey hizo merced a Juan Ramírez de Arellano del Señorío de Cameros, y se lo quitaron por fuerza de armas á este Caballero Diego Fernández Tejada, y le quedó solamente la Villa de Tejada, y se Señor como todos los demás descendientes del Señorío y Villa de Valdeosera. Después de todo el quarto hijo que se sabía a quién sirvió, vino a pedir su parte de la partición de los bienes del mayorazgo, sobre lo que hubo pleito y se proveyó, se nombró Juez, y después los concertaron dándoles su parte en la Villa de Baldosera: después la Señora Reyna Doña Isabel dio provisión con los Grandes del Reyno para que Juan Ramírez de Arellano, Señor de los Cameros, dejase la Villa de Baldosera á los Señores de ella, que eran de diferentes nombres y apellidos, como está dicho, que se había en ella por fuerza apoderado, en que los declaraba á los tales descendientes por verdaderos Señores con lo civil y criminal, mero, mixto imperio, la qual está en el archivo de dicho Solar, las cuales dichas armas y apellidos están puestas y escritas en el libro quinto de Blasones á folio 353;

CERTIFICACIÓN: Y para que de ello conste de pedimento del dicho Señor Juan Bautista Sáenz Navarrete di la presente firmada de mi nombre y sellada con el sello de mis armas que es hecha en la villa de Madrid a diecisiete días del mes de marzo de mil y seiscientos y treinta y seis años. Va entre renglones “Ugarte”, valga. Y testigo Benavente. Domingo Gerónimo de Mata. Rey de Armas”.

RECEPCIÓN DEL CERTIFICADO: Yo Francisco Testa, Escribano Mayor del Ayuntamiento de la noble Villa de Madrid doy fé y testimonio de verdad que Domingo Gerónimo de Mata, de quien va firmada esta certificación y linajes de armas y casas de Valdeosera es Rey de Armas de Su Magestad y como tal usa y ejerce el dicho oficio, y a las fes y certificaciones que ha dado y da semejantes a esta siempre se les ha dado y da entera fé y crédito en juicio y fuera de él y la firma que Domingo Gerónimo de Mata, Rey de Armas, es la misma que suele y acostumbra hacer y firmar porque le he visto escribir y firmar muchas veces y para que de ello conste dí la presente firmada de mi nombre signada de mi signo y sellada con el sello de esta dicha villa que para este efecto está en mi poder, en Madrid a diecisiete días del mes de marzo de mil y seiscientos y treinta y seis años. En testimonio de verdad: Francisco Testa.

NOTA: LOCALIZACIÓN DEL DOCUMENTO: Archivo del Solar de Valdeosera Serie 1, Libro número 4. Volumen forrado en pergamino, tamaño folio sin numerar.